Al contratar un seguro de vida con cobertura por incapacidad debes tener muy claras algunas cuestiones fundamentales. Aquí te contamos qué debes tener en cuenta…
Contratar un seguro de vida brinda al asegurado la tranquilidad de que sus seres queridos tendrán un respaldo económico en caso de producirse el fallecimiento.
Además de esta circunstancia, muchos seguros de vida contemplan la cobertura de que el asegurado pueda recibir una indemnización en el caso de sufrir una invalidez o incapacidad.
Es precisamente en este punto en el que nos vamos a centrar en este artículo.
¿Qué grado de incapacidad se reconoce en cada seguro de vida? ¿Puedo elegirlo?
LA INCAPACIDAD EN EL SEGURO DE VIDA
Cada vez más personas contratan una póliza de este tipo para afrontar el coste económico que podría suponer la aparición de una incapacidad permanente total o absoluta.
La Seguridad Social reconoce la incapacidad permanente cuando la persona presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyen o anulan su capacidad laboral.
Es decir, es posible obtener la indemnización del seguro de vida en caso de sufrir un accidente o enfermedad que ya no te permita:
- Trabajar en tu profesión habitual (incapacidad total para la profesión habitual).
- Trabajar en toda profesión u oficio (incapacidad permanente absoluta).
Y es aquí donde viene el “quid de la cuestión”. Cuando contratamos un seguro de vida se suele contar con la cobertura de Incapacidad Absoluta.
¿Qué quiere decir esto? Pues que en caso de sufrir una enfermedad o accidente solo cobrarías la compensación si ya no puedes trabajar de manera permanente, es decir, si tienes que retirarte del mundo laboral.
CONTRATAR UN SEGURO DE VIDA: ¿INCAPACIDAD PROFESIONAL O ABSOLUTA?
¿Cuál es el problema? Las indemnizaciones de los aseguradoras se basan en las incapacidades que estipula el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) ligadas a la percepción de una pensión. Actualmente, este organismo se está decantando por reconocer más las incapacidades profesionales (que te permiten poder desempeñar otros empleos) que las incapacidades absolutas para todo tipo de trabajo.
Ante esta situación, es importante estudiar bien la cobertura de incapacidad en nuestro seguro de vida.
TIPOS DE INCAPACIDAD A TENER EN CUENTA AL CONTRATAR UN SEGURO
Ahora que ya sabemos que hay que leer muy bien las condiciones del seguro de vida antes de contratarlo, vamos a profundizar en los tipos o grados de incapacidad permanente como consecuencia de un accidente o enfermedad que nos interesan a la hora de contratar el seguro:
Incapacidad permanente total
La incapacidad total y permanente se produce cuando la persona que ha sufrido un accidente o enfermedad se ve imposibilitado para seguir desempeñando su trabajo. Las secuelas de ese accidente hacen imposible que siga realizando su actividad profesional habitual, aunque pueda trabajar en otros empleos.
En este sentido, es importante señalar que, al contratar el Seguro de Vida, la aseguradora nos preguntará por nuestra profesión, ya que será un factor determinante para calcular el precio de la póliza. Por ejemplo, ser policía o miembro de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado puede afectar al precio y la cobertura del Seguro.
Incapacidad permanente absoluta
La incapacidad absoluta permanente suma un grado de intensidad con respecto a la anterior. En estas situaciones, el lesionado se ve incapacitado para desempeñar un empleo como consecuencia de las lesiones sufridas en un accidente o a causa de las secuelas de una enfermedad.
Es decir, la persona con incapacidad permanente absoluta está impedida para ejercer cualquier tipo de trabajo, con las consecuencias económicas que ello supone. El Seguro de Vida es, en estos casos, una tabla de salvación económica para las familias que dependen del salario de la persona asegurada.
Gran Invalidez
Es el más grave de los supuestos que nos podemos encontrar, tras una enfermedad o accidente.
En estos casos, la persona afectada por una gran invalidez no sólo no puede ejercer ningún tipo de trabajo, sino que necesita ayuda para realizar las tareas básicas funcionales del día a día, como vestirse, comer o asearse.
En estos casos, a la pérdida de ingresos a causa de la pérdida de empleo, se suma el gasto en tratamientos, rehabilitación y cuidadores que puede precisar el asegurado.
La cobertura de la incapacidad permanente total (profesional) es una solución aseguradora por la que cada vez se interesan más profesionales como médicos, abogados, arquitectos… y muchos otros trabajadores que prefieren cubrir este riesgo.
Elijas la modalidad que elijas, en Geryser Oficina Axa Granada nos encargaremos de que tu póliza no sólo se ajuste a tu presupuesto, sino de que también tengas claras las garantías de una u otra modalidad.