Si eres propietario de una vivienda debes saber que tu seguro de hogar puede incluir una cobertura de seguro de impago de alquiler.
Este tipo de seguro incluye diversas coberturas que respaldan al propietario bajo diferentes circunstancias, siendo una muy importante la que cubre el impago del alquiler de tu vivienda arrendada.
Desde el momento en el que se sentencia el desahucio del inquilino, las cantidades impagadas por éste quedan cubiertas, siempre que se haya producido el impago de, al menos, cuatro rentas mensuales consecutivas.
Para la contratación de este tipo de seguros, la aseguradora suele participar en la aprobación del inquilino a la hora de firmar el contrato del alquiler, a través de un estudio de solvencia económica. En base a este estudio, el posible inquilino debe reunir alguno de los siguientes requisitos:
- El inquilino no debe estar incluido en ninguna lista de morosos.
- El importe del alquiler anualmente debe ser inferior al 45% de los ingresos anuales que recibe el arrendatario.
- El contrato laboral del inquilino debe tener más de un año de duración.
EL SEGURO DE IMPAGO DE ALQUILER, ¿QUIÉN LO PAGA?
El seguro de impago de alquiler supone una protección para el propietario de la vivienda. Por tanto, es requisito indispensable que éste sea el titular de la póliza y responsable del abono de las cuotas.
Por otra parte, se trata de un beneficio que aporta valor al alquiler y tranquilidad para todas las partes del contrato.
Los seguros de impago de alquiler están, sin duda, entre los mejor valorados por los propietarios. Concretamente, por tres grandes ventajas:
- UN FILTRO EFICAZ PARA ELEGIR INQUILINO
Una de las ventajas principales que podemos citar se da al principio del proceso y sirve como medida de prevención. Un estudio de solvencia que sirve para elegir quién vivirá en alquiler en tu vivienda.
Tal y como hemos comentado anteriormente, se trata de un requisito para que la compañía se haga cargo de los posibles impagos, pero también se trata de una herramienta para elegir a un inquilino con bajo riesgo de impago, un filtro de carácter económico mediante el que se analiza la viabilidad para saber si el inquilino tiene realmente la capacidad para hacer frente a la renta del alquiler.
- ASEGURAS EL COBRO DE LA RENTA DE ALQUILER
La ventaja más evidente de este tipo de pólizas es que el propietario de la vivienda arrendada, tiene su renta asegurada. Tanto si se produce por causas justificadas, como si no, el seguro aporta una especial protección de los pagos del alquiler.
Por supuesto, este seguro tiene un coste, lo que significa que una vez descontado éste, el beneficio neto para el propietario por el alquiler de su vivienda es ligeramente inferior. Pero se trata de un ‘peaje’ que los arrendadores tienen que pagar para tener la tranquilidad de estar cubiertos si se da esta situación con el inquilino.
- EL BUEN ESTADO DE LA VIVIENDA, GARANTIZADO
Además del impago de alquiler, los seguros de impago de alquiler suelen tener otras muchas ventajas, especialmente con respecto a los daños.
¿Sabías que estos seguros cubren los actos vandálicos por parte del inquilino? En caso de que alguno de los habitantes ocasione desperfectos en la vivienda, los daños quedan cubiertos, ya sean intencionados o no.
En definitiva, si buscas un seguro para una vivienda en alquiler siempre es mejor que elijas uno que esté especializado en este tipo de situaciones, ya que te aportará un extra de garantías y de tranquilidad.
Tendrás la protección que todo hogar necesita, por incluir un repertorio amplio de coberturas relacionadas con riesgos frecuentes y al mismo tiempo te aseguras las rentas del alquiler así como la ayuda profesional necesaria en caso de conflicto de intereses.