Qué es el seguro de convenio colectivo

Qué es el seguro de convenio colectivo

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En este artículo os hablamos de este otro tipo de seguro, uno de los productos sobre los que más dudas se suelen tener. No te confundas, no tiene nada que ver con estar dentro de una mutua

¿Cuál es la diferencia entonces? Las mutuas son las que proporcionan asistencia sanitaria por enfermedad laboral, mientras que el seguro de convenio aporta una indemnización si acontece cualquiera de las contingencias que se aseguran.

En el caso del seguro por convenio colectivo hablamos de un tipo de seguro cuya obligatoriedad viene definida por el convenio colectivo al que pertenezcas. ¿Parece un poco confuso no?

Veamos en detalle en qué consiste este tipo de seguro y despejemos todas las dudas.

¿En qué consiste?

Un seguro por convenio cubre aquellas contingencias que un empleado pueda sufrir mientras que lleva a cabo las actividades inherentes a su labor profesional. Por tanto, los empleados son los asegurados, mientras que el tomador será la empresa contratante.

¿En qué casos es obligatorio?

Este tipo de seguro viene establecido según el convenio de cada actividad profesional. No todos los convenios establecen su obligatoriedad, pero en el caso de que lo haga es independiente del número de trabajadores que tenga la empresa.

El seguro de convenio colectivo se regulariza cuando vence la póliza y cubre a todos los empleados dados de alta en el TC2.

El TC2 es un modelo que se constituye en un documento oficial de la Seguridad Social, relativo a los trabajadores por cuenta ajena y representa las relaciones nominales según cada base de cotización. Este modelo también señala, entre otras cosas, qué empleados tendrán derecho a beneficios deducibles, como las bonificaciones.

El seguro cubre a todos los que estén dados de alta en el TC2, que se presenta al final del mes, referido al mes anterior. Cuando la póliza vence se vuelve a regularizar todo. Así, dependiendo del tiempo que cada empleado haya estado de alta se procede al pago de la prima correspondiente.

¿Qué supone esto para la empresa? Si tienes más trabajadores que cuando contrataste el seguro, deberás pagar más. Pero si tienes menos trabajadores, te devolverán cierta cantidad de dinero. Por tanto, el pago nunca será el mismo, variará según el personal que haya pasado por la empresa.

Es probable que te preguntes en qué se diferencia este tipo de seguros y una Mutua. Es muy importante que no mezcles estos conceptos, que no tienen ninguna relación: la Mutua ofrece asistencia sanitaria a autónomos y asalariados en caso de accidentes de trabajo o enfermedad laboral, mientras que, como hemos visto, el seguro colectivo de convenio  ofrece una indemnización en caso de que acontezca cualquiera de las contingencias aseguradas.

¿Qué pasa si no se contrata el seguro de convenio?

Cuando una empresa que está obligada a contratar el seguro por convenio no lo hace, está cometiendo una falta muy grave contra sus trabajadores e incumpliendo sus obligaciones como empresario. El resultado es que podrá sufrir una multa de hasta 190.000 € y también tener que hacer frente a las correspondientes indemnizaciones.

¿Qué cubre el seguro de convenio?

No hay una respuesta absoluta a esta pregunta, ya que las coberturas varían en función del sector de actividad y de lo que se haya acordado en convenio entre patronal y sindicatos, lo que se reflejará en  los detalles de la póliza. En ella se detallarán el capital asegurado, las garantías, el ámbito de aplicación, etc.

Por tanto, no podemos hablar de un “seguro tipo” de convenio, puesto que hay  convenios que incluyen solamente garantías a consecuencia de accidente (muerte por accidente, invalidez por accidente, etc.). Por otra parte, existen convenios que incluyen sólo garantías de vida (muerte o invalidez por cualquier causa ya sea accidental o no). También encontramos convenios que mezclan ambas garantías (de vida y de accidente) y como es comprensible, con diferentes capitales asegurados en función del tipo de convenio de que se trate,  puesto que como acabamos de referir,  la casuística es muy amplia.

De hecho, suele ocurrir que muchas compañías, para simplificar la contratación y regularización de las pólizas, lo enfocan como un “seguro colectivo de accidentes” aunque de facto,  dentro de las coberturas se incluyan garantías de vida o sólo de accidente.

Aunque por todos estos motivos, puede ser algo confuso determinar qué tipo de coberturas incluyen los seguros de convenio colectivo, a continuación os señalamos aquellas que suelen ser más generales:

Enfermedad profesional

La enfermedad profesional suele cubrir el fallecimiento por esta causa, así como la invalidez total permanente, la absoluta, la gran invalidez y la invalidez parcial. Todo ello, a causa de enfermedad profesional del trabajador por cuenta ajena.

Enfermedad común

La enfermedad común cubre la invalidez total, la absoluta, la gran invalidez y el fallecimiento. Como su nombre indica, a causa de una enfermedad no profesional.

Accidente laboral

El accidente laboral cubre la invalidez total, la absoluta permanente, el fallecimiento, la invalidez parcial y la gran invalidez.

Accidente no laboral

El accidente no laboral cubre la invalidez absoluta permanente a causa de un accidente de tráfico, así como la permanente absoluta, la gran invalidez o la parcial para aquellos accidentes no relacionados con el puesto de trabajo. También cubre el fallecimiento por un accidente de tráfico o por uno de carácter no laboral.

¿De qué depende el precio de un seguro de convenio?

A la hora de calcular el precio de este tipo de seguros hay que tener en cuenta un gran número de factores. El principal sería el riesgo que entrañe la actividad de la empresa. Por ejemplo, en el sector de la construcción hay más peligro que en una gestoría. Otros aspectos serían el número total de trabajadores, la ubicación de la sociedad… etc.  Por eso este es uno de los tipos de seguros que no cuentan con un “precio cerrado”.

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